A R O L A X

Criterio de la Corte Mexicana sobre obras creadas con Inteligencia Artificial.

  • 03

    junio

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La creatividad sigue teniendo rostro humano Inteligencia artificial, derechos de autor y el nuevo límite de la innovación.

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La creatividad sigue teniendo rostro humano

Inteligencia artificial, derechos de autor y el nuevo límite de la innovación.

La inteligencia artificial está transformando la manera en que imaginamos, diseñamos, escribimos, producimos y comunicamos. Hoy, una imagen puede surgir en segundos a partir de un prompt; una canción puede componerse desde algoritmos; una campaña creativa puede estructurarse desde datos, un logotipo puede ser creado desde la IA y una película puede crearse desde la automatización

Pero en medio de esta revolución tecnológica, surge una pregunta inevitable: ¿Puede una inteligencia artificial ser considerada autora de una obra? La respuesta —al menos hoy en México— ha sido clara.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las obras generadas por inteligencia artificial no son susceptibles de protección por derechos de autor, al no derivar del intelecto humano ni de una expresión creativa personal.

Y aunque la resolución tiene una dimensión jurídica evidente, también abre una conversación mucho más profunda: la defensa del valor humano dentro de la era digital.

El caso que llevó la discusión hasta la Suprema Corte

El criterio surge a partir de la solicitud presentada por Gerard García Báez ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), quien buscó registrar una obra titulada “Avatar Virtual”.

 La solicitud fue rechazada bajo un argumento central: el contenido no había sido creado directamente por una persona, sino generado mediante inteligencia artificial.

El asunto recorrió todas las instancias legales:

  • Juicio de nulidad ante la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual;
  • Revisión ante Tribunal Colegiado de Circuito;
  • Y finalmente un juicio de amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La SCJN confirmó la negativa de registro y estableció un criterio que probablemente marcará el inicio de una nueva etapa en la relación entre tecnología, creatividad y propiedad intelectual.

El punto más importante de la sentencia.

La Corte sostuvo que una obra protegida por derechos de autor necesariamente debe provenir del intelecto humano. No basta con operar una herramienta tecnológica. No basta con introducir instrucciones o prompts. No basta con dirigir un sistema automatizado. La creación protegible exige un componente humano, individual y creativo.

La resolución incluso profundiza en un punto particularmente interesante: el solicitante pretendía reconocer derechos morales a la inteligencia artificial denominada “Leonardo” y reservar para sí los derechos patrimoniales derivados de la obra. La Corte rechazó esta posibilidad al considerar que el sistema jurídico mexicano —y particularmente el régimen de derechos humanos— está construido para proteger a personas humanas, no a sistemas artificiales.

El derecho protege algo más que una obra, nació para proteger una extensión de la personalidad humana: la imaginación, la sensibilidad, la capacidad de interpretación y la expresión individual. La sentencia no solo habla de tecnología. Habla de identidad creativa. Por eso los derechos morales son irrenunciables. Porque detrás de una obra existe alguien que piensa, siente, interpreta y crea. La inteligencia artificial puede producir resultados sorprendentes. Puede acelerar procesos. Puede amplificar posibilidades creativas. Pero hoy, jurídicamente, no posee conciencia, intención artística ni personalidad legal. Y ahí está el centro de la discusión, la IA como herramienta, no como autora.

Quizá una de las reflexiones más relevantes de esta resolución es entender que la inteligencia artificial no elimina la creatividad humana; la redefine. La IA puede asistir, colaborar y potenciar procesos creativos.

Pero el criterio de la Suprema Corte deja claro que la protección jurídica continúa orbitando alrededor del ser humano. Esto será especialmente relevante para industrias como:

  • publicidad,
  • diseño,
  • cine,
  • música,
  • moda,
  • fotografía,
  • branding,
  • marketing digital,
  • arquitectura creativa,
  • contenido editorial,
  • influencer marketing,
  • y producción audiovisual.

Porque el desafío ya no será únicamente crear, sino demostrar dónde termina la automatización y dónde comienza verdaderamente la autoría humana. Este es el nuevo reto para las industrias creativas.

Estamos entrando en una etapa donde las preguntas legales dejarán de ser técnicas para convertirse en estratégicas.

¿Quién es autor cuando una campaña, logotipo o marca fue desarrollada con IA?
¿Quién posee los derechos de una imagen generada algorítmicamente?
¿Hasta qué punto un prompt implica creatividad?
¿Cómo se acredita la intervención humana en una obra híbrida?

Las respuestas todavía están construyéndose. Y precisamente por eso este criterio resulta tan relevante: porque ofrece un primer mapa jurídico dentro de un terreno que cambia todos los días. 

Desde nuestra perspectiva, esta sentencia no representa un freno a la innovación. Representa algo más importante: la necesidad de evolucionar tecnológicamente sin perder el centro humano de la creatividad.

El futuro no será una batalla entre humanos e inteligencia artificial. Será una conversación sobre equilibrio, autoría, ética y valor creativo. Las leyes eventualmente tendrán que actualizarse. Los modelos de negocio cambiarán. Las industrias creativas se transformarán por completo. Pero mientras eso ocurre, el reto para marcas, artistas, agencias, productores, creativos y empresas será entender que la innovación sin estrategia legal puede convertirse rápidamente en vulnerabilidad.

Hoy más que nunca, proteger la creatividad implica comprender la tecnología. Porque las ideas siguen siendo el activo más poderoso de cualquier industria creativa.

Y entender cómo defenderlas será parte fundamental del futuro. Por lo tanto, para nosotros… “El futuro de la creatividad no está en riesgo; está evolucionando”. Y precisamente porque el valor creativo será uno de los activos más importantes del futuro, también será indispensable protegerlo estratégicamente.

Ahí es donde el derecho cobra una nueva dimensión. No solo como una herramienta de defensa legal, sino como un aliado para cuidar, prevenir, estructurar y proteger aquello que hace única a una idea antes de que llegue al mundo.

En COLOZAL LAW creemos que la innovación necesita visión, pero también respaldo. Que la creatividad merece protección a la altura de su impacto. Y que detrás de cada proyecto creativo debe existir una estrategia legal capaz de acompañar su crecimiento, su valor y su permanencia.

Y en esa evolución, abogados como Ale Solórzano estarán ahí para acompañar a las industrias creativas a construir el futuro con seguridad, inteligencia y visión estratégica.

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